Alabado sea Allah.
En primer lugar:
Cuando una mujer no ayuna debido a
su período, debe recuperar los días que ha perdido, porque ‘Aa’ishah (que
Allah esté complacido con ella) dijo: “Eso –refiriéndose a la menstruación-
suele pasarnos y se nos ha indicado que debemos recuperar los ayunos, pero
no debemos recuperar las oraciones”. Narrado por Muslim, 335.
En segundo lugar:
Ya hemos expresado en la respuesta
a la pregunta número 26865
que es obligatorio recuperar los días perdidos de Ramadán antes del
próximo Ramadán; no está permitido atrasarlo, salvo para los que tienen una
razón válida.
En tercer lugar:
Aquel que esté obligado a recuperar
los ayunos perdidos pero luego no pueda hacerlo debido a una enfermedad o
debilidad de la que no existe esperanza de una cura debe alimentar a los
pobres, a una persona por cada día.
Se le preguntó al Sheij Ibn
‘Uzaymin en Fataawa Arkaan al-Islam (p. 455):
Una jovencita estaba con su período
y ayunó los días de su período por su ignorancia. ¿Qué debe hacer?
Respondió:
Ella debe recuperar los días que
ayunó durante su período, porque los ayunos que se cumplen durante la
menstruación no son aceptados y no son válidos, incluso si ella no lo sabía,
y no existe un límite para el tiempo en el que pueden recuperarse.
Aquí hay un caso que tiene un
escenario diferente: Una mujer comenzó a menstruar cuando era joven, y era
muy tímida como para decírselo a su familia, y no ayunó en Ramadán. Esta
mujer debe recuperar el mes que no ayunó, porque una vez que una mujer
comienza a menstruar se transforma en mukallifah (debe rendir cuentas de sus
acciones), porque la menstruación es uno de los signos de quien alcanzó la
pubertad.
Él respondió:
Si esta mujer será perjudicada por
el ayuno, como lo menciona en la pregunta, porque es anciana y está enferma,
entonces debe alimentar a una persona pobre por cada día. Ella debe calcular
cuántos días debe del pasado y alimentar a una persona pobre por cada uno de
ellos.
Fataawa al-Siyaam,
p. 121.
Para obtener información sobre
cuánto debe darse a los pobres para alimentarlos, vea la pregunta número
38867.
En resumen:
Si puede ayunar, debe recuperar los
días. Si no podrá ayunar, debe alimentar a una persona pobre por cada día.
Trate de calcular cuántos días no ayunó hasta que le parezca que ha llegado
al número correcto.